Páginas

viernes, 10 de diciembre de 2021

Informativo de prensa de la Prefectura Itatí: Temporada estival año 2021 - 2022

La Prefectura Itatí informa a la población en general y a turistas que visitan la localidad, debido a que se viene registrando altas temperaturas y próximo a una temporada estival se recuerda que actualmente no existen zonas habilitadas como balnearios o playas, por lo que se recomienda "no ingresar a las aguas del Río Paraná", ya que ello sería peligroso para la vida de las personas, teniendo en cuenta que en esta jurisdicción existen zonas profundas, con remansos y abundantes piedras. Recuerde que el incumplimiento de las recomendaciones mencionadas además de poner en riesgo su propia vida, implica involucrar a familiares, amigos y/o terceros que se encuentren en el lugar.

 


Además, se informa a los navegantes los lugares habilitados para las Practicas Náuticas Deportivas acorde Disposición establecida por esta Prefectura:

MOTONÁUTICA DE ALTA VELOCIDAD: desde el Km. 1.282 (Latitud: 27°16'2"S – Longitud 58°13'56"O) punta de abajo "ISLA DEL GATO", al Km. 1.285 (Latitud: 27°16'38" – Longitud 58°11'30"O) punta abajo "ISLA GUAYU", margen izquierda del río Paraná, fuera del canal de navegación.

YACHTING: desde el Km. 1.282 (Latitud: 27°16'2"S - Longitud: 58°13'56"0) punta de abajo "ISLA DEL GATO", al km. 1.285 (Latitud: 27°16'38"S - Longitud: 58°11'30"O) punta abajo "ISLA GUAYU", margen izquierda del rio Paraná, fuera del canal de navegación.

ESQUÍ NÁUTICO, MOTOS DE AGUA y JET SKY: desde el Km. 1.279,5 (Latitud: 27°15'56 S - Longitud: 58°14'44"0) bajada calle FRAY JUAN DE GAMARRA, al Km. 1.280,5 (Latitud 27°16'01" - Longitud: 58°14'09") bajada calle CNEL. ALBERTO VILLEGAS, margen izquierda del río Paraná fuera del canal de navegación, se recuerda que la zona para esta práctica de ESQUÍ NÁUTICO, MOTOS DE AGUA Y JET SKY los mismos cuando naveguen en cercanías a zona balnearia (habilitada en época estival por la autoridad competente) deberán hacerlo en marcha reducida y por fuera de la seguridad establecida para los bañistas y nadadores, prohibiéndose el uso de artefactos deportivos en la misma.

WINDSURF: desde el Km. 1.280,1 (Latitud: 27°16'1"S - Longitud: 58°14'27"0) bajada calle FRAY NEPONUCENO ALEGRE, al Km. 1.280,3 (Latitud: 27°16'2"S - Longitud: 50°14'15"O) bajada calle SAN MARTIN, margen izquierda del río Paraná, fuera del canal de navegación.

ZONA DE FONDEO DE EMBARCACIONES DEPORTIVAS: desde el km. 1.280 (Latitud: 27°15'59" - Longitud: 58°14'31'0) aguas arriba antes de la piedra de la BAJADA DE LANCHA MUNICIPAL, y hasta el Km. 1.280,3 (Latitud: 27°16'1'S - Longitud: 58°14'25'0) proximidades a la bajada calle FRAY NEPONUCENO ALEGRE, margen izquierda del río Paraná, fuera del canal de navegación y fuera de la zona establecida como balneario municipal.

CANOTAJE Y REMO: desde el Km. 1.279,7 (Latitud: 27°15'57"S - Longitud: 58°14'38"O) bajada AVENIDA 25 DE MAYO, al Km. 1.283 (Latitud: 27°16'33"S - Longitud: 58°12'35"O) punta arriba "ISLA DEL GATO", margen izquierda del rio Paraná, por dentro del riacho Galería y perímetro exterior de la mencionada isla, fuera del canal de navegación.

ZONA PROHIBIDA PARA LA PRÁCTICA DE CUALQUIER DEPORTE NÁUTICO: desde el Km. 1.279,3 (Latitud: 27°15'58"S - Longitud: 58°14'47"O), cortada bajada Resguardo Aduanero, al km. 1.279,4 (Latitud: 27°15'58" - Longitud: 58°14'45”O), bajada calle FRAY JUAN DE GAMARRA, margen izquierda del río Paraná, las embarcaciones que se desplacen en proximidades de la zona indicada, deberán navegar en forma tal que no interfieran con el tráfico de las embarcaciones.

Asimismo, se recuerda que desde el Km. 1.281,5 (Latitud: 27°16'9" - Longitud: 58°13'55"O), al km. 1.284 (Latitud: 27°16'42"S - Longitud: 58°12'27"O), margen izquierda del río Paraná "ISLA DEL GATO", por dentro del riacho Galería y perímetro exterior de la mencionada isla, fuera del canal de navegación, la zona como APRENDIZAJE para quienes se inicien en la Navegación, a efectos de que se adquieran los conocimientos necesarios para obtener el respectivo certificado. Los horarios para el desarrollo de las mencionadas prácticas: Período de verano de 07:00 a 20:00 horas (desde el 16 de Octubre al 15 de Abril), y Período de invierno desde las 08:00 a 18:00 horas (desde el 16 de Abril al 15 de Octubre).

Asimismo, para llevar a cabo las actividades náuticas deportivas comerciales/recreativas se realizarán bajo las condiciones hidrometeorológicas favorables.

En lo que respecta a la situación sanitaria de pandemia que se vive en general, se recuerda que en esta localidad se encuentra habilitada la pesca deportiva, con devolución por encontrarse esta zona en veda extraordinaria acorde lo establecido por la Dirección de Recursos Naturales, recordando que el horario de los mismos es de 07:00 a 20:00 horas no permitiéndose acampe de ningún tipo, debiendo ingresar la totalidad de las embarcaciones que hayan bajado, recordándose el cumplimientos de las medidas sanitarias a fin de evitar la propagación del virus COVID-19.

Ante un eventual incidente, comuníquese de inmediato al Nº 106 - EMERGENCIAS NÁUTICAS - O AL TELÉFONO 0379-4493074.



AMILCAR OCTAVIO EMERI
PREFECTO
JEFE PREFECTURA ITATÍ

No hay comentarios:

Publicar un comentario