El Honorable Concejo Municipal, trató dos proyectos en la Sesión Especial objeto de la convocatoria del día de hoy, por los graves problemas de suministro de agua. También participó el Intendente Terán.
Un proyecto fue presentado por los ediles Salvador Lugo (PL) Graciela González (Kolina) y Ramón Anonis (PJ), por su parte el concejal Oscar Ruiz Aquino (UCR), presentó un proyecto de Resolución. Ambos se adjuntan a la presente.
Antes de iniciar la sesión los concejales presentes fueron a la oficina del Vice Intendente para acordar un consenso sobre la presentación y posterior aprobación del mismo, que en ambos casos coinciden en requerir el cese de la Comisión Especial Normalizadora de CO.VE.SA., por haber expirado el plazo para la cual fueron nombrados.
Estuvieron presentes los concejales nombrados, y con ausencia con aviso los concejales Gustavo Torres y Miriam Maciel.
Los vecinos se manifestaron muy molestos no sólo por la falta de agua sino también por el excesivo aumento de la tarifa mensual. Además otro grupo de vecino, manifestó su enojo porque la perforación que hicieron en el polideportivo municipal, la comisión normalizadora, entienden que no es apta para el consumo humano, y comentaron la innumerables cuestiones de salud que a diario trae aparejado.
El Intendente se hizo presente en el recinto y manifestó estar preocupado por el tema y pone su buena voluntad para solucionarlo, pero lo único que puede hacer por la pronto, para salvaguardar la salud de la población, es el inmediato corte de la provisión de agua de perforación, que autorizó en el polideportivo municipal, “por lo demás debemos trabajar en conjunto para arribar una solución, ya que aquí en el concejo, existen personas de diversas extracciones políticas”, indicó.
También remarcó que el Gobierno Provincial debe intervenir en búsqueda de las soluciones, pues se necesita presupuesto para poder solucionar.
Además varios vecinos plantearon la necesidad que se municipalice CO.VE.SA., pues es imposible abordar soluciones que dependan de una Comisión, que a la fecha nadie conoce el verdadero estado de situación económica-financiera, y se advierte nuevos empleados cuando se argumenta que no hay dinero para afrontar una solución de fondo al problema.
La reunión finalizó con el compromiso del Intendente y Concejales que girarán las notas correspondientes a autoridades provinciales de competencia en el tema, como así también al Gobernador, que por estas horas ya tomó conocimiento de la situación.
PROYECTO DE ORDENANZA (Concejales Lugo, González, Anonis)
VISTO:
La
nota presentada por los vecinos del Barrio PUJOL VIRGEN DEL ROSARIO E
IBIRAY, y;
CONSIDERANDO:
QUE,
los vecinos del Barrio mencionado en el Visto dan cuenta de la mala, sino
insalubre, calidad del agua potable que
sale en sus viviendas.
QUE, han recurrido a las autoridades competentes,
como lo es la COMISION VECINAL DE SANEAMIENTO y la única respuesta que han
recibido es el envío pediatras a los domicilios, asumiendo con ésta conducta la
responsabilidad que les cabe por la pésima calidad del agua y que repercute en
los niños principalmente.
Que,
asimismo es imprescindible conocer cuál es el origen del agua: si viene del
acueducto hacia planta potabilizadora o si viene de perforaciones no
autorizadas, y es por eso que se debe solicitar la intervención de la Empresa
de Aguas de Corrientes S.A. a fin de que deslinde su posible responsabilidad.
QUE,
actualmente un importante porcentaje de vecinos se encuentran en tratamiento
médico por problemas estomacales y de piel. Aun así la calidad del agua no ha
mejorado y se suma a ello la indiferencia de las autoridades competentes en
brindar un servicio adecuado al consumo humano.
QUE, por otra parte la COMISION VECINAL DE
SANEAMIENTO (CO.VE.SA), con personería jurídica N° 3647/67 se encuentra
intervenida y los mandatos de los interventores están vencidos, todo ello según
consta en la Resolución 000032/14 de fecha 02 de Julio del 2014, emitida por la
Inspección General de Personas Jurídicas.
QUE,
la irregular situación de CO.VE.SA deja desprotegidos a los ciudadanos de sus
derechos de usuarios ante el desprecio de su responsabilidad y la falta de
sentido común de los interventores, lo que hace necesario el acompañamiento y
apoyo de todas las instituciones para
solucionar este grave problema.
QUE, el Honorable Concejo Deliberante tiene
facultades de dictar normas que refieran y tiendan a proteger la salubridad pública según Art. 39, Inc. 8 de la Carta Orgánica Municipal.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ITATI
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Nº
ARTICULO 1°: SOLICITAR al Ente Regulador del Agua de
Corrientes que realice en el término de cinco (5) días hábiles, los estudios
pertinentes tomando muestras del agua y constatando la calidad del servicio del
agua en el Barrio IBIRAY y los dé a
conocer de forma pública, de forma que todos los vecinos de la localidad
puedan acceder a los mismos.
ARTICULO 2°: SOLICITAR a la Inspección General de Las Personas Jurídicas - dependiente del
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos - que arbitre todos los medios
necesarios para regularizar la situación irregular en que se encuentra la
COMISIÓN VECINAL DE SANEAMIENTO (CO.VE.SA.) promoviendo la inmediata
convocatoria a elecciones de la misma.
ARTICULO 3°: SOLICITAR a la Empresa de Aguas de Corrientes
establezca cuál es su responsabilidad sobre la calidad del agua en la localidad
de Itati.
ARTICULO 4°: LA presenta norma será refrendada por la Sra.
Secretaria del Honorable Concejo Deliberante de Itati.
ARTICULO 5°:
Comunicar la presente al Departamento
Ejecutivo Municipal, elevar copia de la
empresa de Aguas de Corrientes.
PROYECTO DE RESOLUCIÓN (Concejal Ruiz Aquino)
VISTO:
La necesidad URGENTE, de brindar soluciones que satisfagan la demanda de la comunidad de Itatí, respecto del servicio de provisión de agua que presta Co.Ve.Sa., en la localidad, y la calidad y seguridad del vital líquido. Y
CONSIDERANDO:
Que según Resolución número 32, con fecha 2 de Julio de 2014, firmada por el Inspector General de Personas Jurídicas Dr. Juan Carlos Noya, y el Jefe de Dpto. de Habilitación y Coordinación Administrativa Oscar Andrés Sesin, resolvieron Declarar de Irregular e Ineficaz la Asamblea Ordinaria celebrada el día 12 de abril de 2014, por la entidad denominada COMISION VECINAL DE SANEAMIENTO, Personería Jurídica Decreto3647/67, con domicilio legal en Itatí.
Que en el artículo 3 de dicha resolución, designa como Comisión especial NORMALIZADORA, por el término de 60 días corridos, a partir de su notificación, a la Comisión integrada por: Presidente Néstor Blanco, un secretario y un tesorero, quienes fueron puestos en sus cargos por la Inspección General de Personería Jurídicas.
Y en el artículo siguiente y concordante establece claramente, que esta Comisión en el Plazo perentorio dispuesto debió convocar y realizar la Asamblea General Ordinaria.
Que este Honorable Cuerpo DEBE, velar por las instituciones y en especial por las que prestan un servicio de vital importancia para la población, como lo es el agua.
Que los plazos, establecidos por la normativa nombrado ut-supra se encuentran vencidos, y el servicio no se ha normalizado.
Que el malestar de los vecinos por la falta de servicio y sobre la calidad y seguridad de la misma, se traduce en un permanente reclamo, siendo necesario recabar informes técnicos especializados que revelen la aptitud para el consumo;
Por todo lo expuesto
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE ITATÍ SANCIONA CON FUERZA DE RESOLUCIÓN:
ARTICULO 1: Requerir a la Inspección General de Personas Jurídicas, se emplace en forma inmediata a la Comisión Especial Normalizadora, para la prosecución del proceso para el cual fue formada, debiendo convocar a elecciones para los cargos de la Comisión Directiva de la Comisión Vecinal de Saneamiento de Itatí en un plazo no mayor de treinta días, asegurando la participación de los asociados.
ARTICULO 2: Requerir al Ente regulador del Agua, emita un informe sobre la calidad y seguridad del agua, en nuestra localidad.
ARTICULO 3: Requerir al Ejecutivo Municipal, la contratación URGENTE, de un equipo técnico especializado para la toma de muestras de agua en diversos puntos de la localidad, a fin de poder tener una opinión distinta a la oficial, para brindar seguridad y tranquilidad a nuestros representados.
ARTICULO 4: Comunicar de la presente, al Ejecutivo Provincial, al Ejecutivo local, a Supervisión General de Personería Jurídicas, al Ente Regulador del Agua.
ARTÍCULO 5: De Forma.
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