“El derecho a la vida no es una cuestión de ideología ni de religión”
La diputada chaqueña reflexiona sobre los fundamentos legales donde se estableció esta fecha en el calendario nacional. Más allá de los debates sobre el aborto, hace hincapié en la protección de los menores y de las embarazadas, sobre todo las adolescentes.
El 25 de marzo ha sido declarado por el Decreto 1.406/98 como el Día del Niño por Nacer y es digno de destacar que esta norma no solamente tuvo en cuenta el artículo 75 inc.22 y 23 de la Constitución Nacional, sino que en los considerandos expresa: … “Que tal como se afirma en el Preámbulo de la Convención sobre los Derechos del Niño: El niño, por su falta de madurez física y mental, necesita protección y cuidados especiales, incluso la debida protección legal, tanto antes como después del nacimiento”. “Que especialmente en su etapa prenatal, el niño es un ser de extrema fragilidad e indefensión, salvo la natural protección brindada por su madre”…”Que la vida, el mayor de los dones, tiene un valor inviolable y una dignidad irrepetible”. “Que el derecho a la vida no es una cuestión de ideología ni de religión, sino una emanación de la naturaleza humana…”. Ante tan irrefutables fundamentos, ¿qué ha cambiado en nuestro país desde 1998 a 2010? Qué nos ha pasado a los argentinos? Claro que vivimos en un mundo que evoluciona a pasos agigantados en algunos aspectos; pero no podemos jamás llamar evolución ni reivindicación y pretender la despenalización del aborto con el pretexto de que “las mujeres debemos dar la dura batalla por nuestros derechos” desconociendo el elemental derecho a la vida del niño por nacer. No reconocer que la vida comienza desde la concepción y creer que podemos decidir por esa vida que se está gestando, y en pos de nuestros derechos como mujeres decidir qué niño nace y cuál no, creo que son parámetros que nos indican que estamos en el camino equivocado. ¿No es hipocresía argumentar que se defiende la vida de las mujeres que mueren por abortos clandestinos aumentando el número de muertes de seres inocentes? ¿Esto es progresismo? ¿Esto es lucha por los derechos? ¿Y los derechos de los inocentes, de los que no tienen voz? ¿Quién defiende a ese ser tan indefenso?
Es triste el papel que desempeñan algunos legisladores nacionales que abogan por la despenalización del aborto, creyendo que apoyando esta “falsa reivindicación” son más progresistas o van a tener más mujeres de su lado. Lamento decirles que se equivocan, que una inmensa mayoría del pueblo argentino defiende el elemental derecho a la vida y será el pueblo argentino quien evalúe la conducta de sus representantes al momento de emitir su voto, y finalmente algún día también los legisladores daremos cuenta ante Dios de nuestra conducta y no importa si creemos o no en Él y más allá de la fe que cada uno profese. ¿Estos legisladores creen que el Dr. Vélez Sarsfield estaba equivocado cuando estableció en el artículo 63 del Código Civil que “son personas por nacer las que no habiendo nacido están concebidas en el seno materno”? ¿Acaso también debemos derogar los argentinos la ley 23.849 por la cual se aprueba la Convención sobre los Derechos del Niño ( Artículo 75 de la Constitución de la Nación Argentina) que establece en su Artículo 2º: ... “Con relación al artículo 1º de la Convención sobre los Derechos del Niño, la República Argentina declara que el mismo debe interpretarse en el sentido que se entiende por niño todo ser humano desde el momento de su concepción y hasta los 18 años de edad.” ¿Tan equivocados estábamos los chaqueños que en nuestra Constitución Provincial –reformada en 1994– en su artículo 15 (derechos humanos) establece lo siguiente?: “...La Provincia, dentro de la esfera de sus atribuciones, garantiza a todas las personas el goce de los siguientes derechos:1) A la vida y a la libertad, desde la concepción; a la integridad psicofísica y moral”. La defensa de los derechos humanos debe comprender ineludiblemente la defensa y protección del primordial derecho humano: el derecho a la vida.
Me permito remitirme a las expresiones recientes en un medio gráfico local por parte de la Dra. Nanci Perna, médica del área Clínica del Servicio de Adolescencia del Hospital “Julio, C. Perrando”, que expresara sobre este tema lo siguiente: “En vez de discutir la despenalización de esta práctica (referida al aborto), se debería poner en debate ¿Por qué se embarazan las jóvenes?”
Despenalizar el aborto no es la solución al embarazo “no deseado”, trabajemos juntos por la prevención del embarazo no deseado, por la educación sexual integral de los niños y adolescentes, por la efectividad de los programas nacionales de Salud Sexual y Procreación Responsable, por la defensa de la vida tanto del niño por nacer como de la madre que no quiere dar a luz a ese niño. Hay instituciones que destinan fondos para programas que ayudan a las madres a concluir su embarazo y ayudan a criar al niño. Y es deber del Estado defender la vida de ese inocente y velar por el cuidado de esa adolescente o joven que no quiere ese niño que está gestando en su vientre, por lo cual puede un funcionario público ser llevado a juicio político por incumplimiento de los deberes a su cargo, por no haber cumplido o no haber hecho cumplir la Constitución que juró al asumir la función.
Clelia M. Avila
Diputada Provincial chaqueña
La diputada chaqueña reflexiona sobre los fundamentos legales donde se estableció esta fecha en el calendario nacional. Más allá de los debates sobre el aborto, hace hincapié en la protección de los menores y de las embarazadas, sobre todo las adolescentes.
El 25 de marzo ha sido declarado por el Decreto 1.406/98 como el Día del Niño por Nacer y es digno de destacar que esta norma no solamente tuvo en cuenta el artículo 75 inc.22 y 23 de la Constitución Nacional, sino que en los considerandos expresa: … “Que tal como se afirma en el Preámbulo de la Convención sobre los Derechos del Niño: El niño, por su falta de madurez física y mental, necesita protección y cuidados especiales, incluso la debida protección legal, tanto antes como después del nacimiento”. “Que especialmente en su etapa prenatal, el niño es un ser de extrema fragilidad e indefensión, salvo la natural protección brindada por su madre”…”Que la vida, el mayor de los dones, tiene un valor inviolable y una dignidad irrepetible”. “Que el derecho a la vida no es una cuestión de ideología ni de religión, sino una emanación de la naturaleza humana…”. Ante tan irrefutables fundamentos, ¿qué ha cambiado en nuestro país desde 1998 a 2010? Qué nos ha pasado a los argentinos? Claro que vivimos en un mundo que evoluciona a pasos agigantados en algunos aspectos; pero no podemos jamás llamar evolución ni reivindicación y pretender la despenalización del aborto con el pretexto de que “las mujeres debemos dar la dura batalla por nuestros derechos” desconociendo el elemental derecho a la vida del niño por nacer. No reconocer que la vida comienza desde la concepción y creer que podemos decidir por esa vida que se está gestando, y en pos de nuestros derechos como mujeres decidir qué niño nace y cuál no, creo que son parámetros que nos indican que estamos en el camino equivocado. ¿No es hipocresía argumentar que se defiende la vida de las mujeres que mueren por abortos clandestinos aumentando el número de muertes de seres inocentes? ¿Esto es progresismo? ¿Esto es lucha por los derechos? ¿Y los derechos de los inocentes, de los que no tienen voz? ¿Quién defiende a ese ser tan indefenso?
Es triste el papel que desempeñan algunos legisladores nacionales que abogan por la despenalización del aborto, creyendo que apoyando esta “falsa reivindicación” son más progresistas o van a tener más mujeres de su lado. Lamento decirles que se equivocan, que una inmensa mayoría del pueblo argentino defiende el elemental derecho a la vida y será el pueblo argentino quien evalúe la conducta de sus representantes al momento de emitir su voto, y finalmente algún día también los legisladores daremos cuenta ante Dios de nuestra conducta y no importa si creemos o no en Él y más allá de la fe que cada uno profese. ¿Estos legisladores creen que el Dr. Vélez Sarsfield estaba equivocado cuando estableció en el artículo 63 del Código Civil que “son personas por nacer las que no habiendo nacido están concebidas en el seno materno”? ¿Acaso también debemos derogar los argentinos la ley 23.849 por la cual se aprueba la Convención sobre los Derechos del Niño ( Artículo 75 de la Constitución de la Nación Argentina) que establece en su Artículo 2º: ... “Con relación al artículo 1º de la Convención sobre los Derechos del Niño, la República Argentina declara que el mismo debe interpretarse en el sentido que se entiende por niño todo ser humano desde el momento de su concepción y hasta los 18 años de edad.” ¿Tan equivocados estábamos los chaqueños que en nuestra Constitución Provincial –reformada en 1994– en su artículo 15 (derechos humanos) establece lo siguiente?: “...La Provincia, dentro de la esfera de sus atribuciones, garantiza a todas las personas el goce de los siguientes derechos:1) A la vida y a la libertad, desde la concepción; a la integridad psicofísica y moral”. La defensa de los derechos humanos debe comprender ineludiblemente la defensa y protección del primordial derecho humano: el derecho a la vida.
Me permito remitirme a las expresiones recientes en un medio gráfico local por parte de la Dra. Nanci Perna, médica del área Clínica del Servicio de Adolescencia del Hospital “Julio, C. Perrando”, que expresara sobre este tema lo siguiente: “En vez de discutir la despenalización de esta práctica (referida al aborto), se debería poner en debate ¿Por qué se embarazan las jóvenes?”
Despenalizar el aborto no es la solución al embarazo “no deseado”, trabajemos juntos por la prevención del embarazo no deseado, por la educación sexual integral de los niños y adolescentes, por la efectividad de los programas nacionales de Salud Sexual y Procreación Responsable, por la defensa de la vida tanto del niño por nacer como de la madre que no quiere dar a luz a ese niño. Hay instituciones que destinan fondos para programas que ayudan a las madres a concluir su embarazo y ayudan a criar al niño. Y es deber del Estado defender la vida de ese inocente y velar por el cuidado de esa adolescente o joven que no quiere ese niño que está gestando en su vientre, por lo cual puede un funcionario público ser llevado a juicio político por incumplimiento de los deberes a su cargo, por no haber cumplido o no haber hecho cumplir la Constitución que juró al asumir la función.
Clelia M. Avila
Diputada Provincial chaqueña
“¡OYEME”
ResponderEliminarEstoy aquí,
tan pequeñito,
tan indefenso,
estoy en ti.
... Junto a tu sangre
en nueve lunas,
si es que me dejas
voy a latir.
Pero he escuchado
que no es posible
que a este mundo
venga a vivir,
que en un momento
manos expertas,
harán la nada,
de mi existir.
Sé que no quieres
pensarlo mucho,
pues si lo piensas
jamás podrás
tronchar la llama
en ti prendida
y emocionada
me llevarás.
Yo te comprendo,
sé que si llego
no se harán cosas
que están primero:
un dormitorio
por construir,
faltará el tiempo,
no habrá dinero,
muchos problemas,
¡todo por mí!
Pero te pido,
casi te ruego:
Dame la gracia de Dios:
¡VIVIR!
Yo te prometo
dulces sonrisas
y fortaleza
para seguir.´
Elsa Tébere